Tuesday, September 6, 2016

Referendum de Reforma Constitucional


 
Ciudadanos de Moriel han decidido llevar a un referendum para enmendar la actual constitucion de Moriel,en vez de crear una nueva,para asi adaptarla a los nuevos tiempos,.
 
 se enmendaran los articulos que digan República de Moriel, por República Capitalista Popular de Moriel,y la creación de un Titulo sobre el Partido Capitalista popular Sionista.
 
 
Ciudadanos y compatriotas Morielies a continuacion quedara abierta la votacion para saber si estan de acuerdo o no con los cambios planteados en nuestra Constitucional Nacional, cumpliendo con el Titulo XII "Mecanismos de Reforma Constitucional" mas especificamente con los articulos 12, 12.1,12.2, 12.3 y 12.4 que explican el procedimiento de reformas y enmiendas constitucionales las cuales se realizan atravez de un referendum.
De parte del Gobierno Nacional publicamos una lista de los Articulos nacionales a enmendar y estamos abiertos a cualquier duda, queja, propuesta o sugerencia que se quiera llevar a cabo.
A continuacion los cambios constitucionales explicados uno por uno y al final colgaremos un borrador parcial de la constitucion.
1)Modificacion del Preambulo Nacional, cambiado el nombre de la Republica.
2)Modificacion de la Ley Fundamental de Moriel, cambiado el nombre de la Republica.
3)Cambio de Nombre de la Republica en los Articulos: 1, 1.12, 2, 2.2, 2.8, 2.11, 2.12, 3.1, 3.2, 3.3, 3.5, 3.6, 7.10, 8.18, 8.19, 8.20, 8.24, 8.25, 9, 10.4, 11, 11.1, 12.2, 13, 13.1, 13.4 y 13.5 en todos estos articulos se actualizo el nombre oficial de la Micronacion cambiandolo por Republica Capitalista Popular de Moriel.
4) Agregados los Articulos 4.3, 9.3, 9.4, 9.5, 9.6, 13.6, 14, 14.1, 14.2, 14.3, 14.4 y 14.5.
5)Creado Titulo sobre El Partido Capitalista Popular Sionista en los cuales se incluyen los articulos 14, 14.1, 14.2, 14.3, 14.4 y 14.5.
 
Borrador de como seria la Constitucion Nacional con las reformar:
ART 1. Se constituye a la Republica Capitalista de Moriel como un estado-nación capitalista popular de propietarios, con una aristocracia senatorial y creada por la unión libre de sus ciudadanos y estados bajo la cabeza de A.R Guzmán Presidente de la nación.





ART 1.2 El presidente es el Jefe de Estado, Símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones.




ART 1.3 En su testamento tendrá derecho en primera y última instancia, a presentar un candidato a Jefe de Estado, y Presidente de Gobierno que deberá ser ratificado en consulta Popular.




ART 1.4 El Presidente realizara únicamente los actos de estado previstos en esta constitución.





ART 1.5 El Presidente tiene el poder para la promulgación de enmiendas a la constitución, leyes, decretos del gabinete y tratados Intermicronacionales.



ART 1.6 El Presidente tiene la facultad de convocación del senado.



ART 1.7El Presidente tiene la Facultad de disolver el senado.



ART 1.8 El Presidente es el responsable de confirmación de nombramientos y remoción de los ministros del estado.



ART 1.9 El presidente puede delegar la realización de los actos vinculados con el estado según lo dispongan las leyes.



ART 1.10 El Presidente es el responsable y encargado de realizar la declaración de guerra como último recurso en caso de gravedad institucional o de conflicto Intermicronacionales.


ART 1.11 El presidente es el encargado de dar la confirmación de amnistías generales o parciales, conmutación de penas, suspensión y restitución de derechos.

ART 1.12 Cuando su Excelencia A.R. Guzman deje el cargo su sucesor será elegido por los miembros de la Republica Capitalista Popular de Moriel.



ART 1.13 En caso de falta parcial o absoluta de su Excelencia ya sea por enfermedad crítica o su muerte y sea comprobable ante el Senado la ausencia total, se reemplazara el cargo de Presidente de la Nación la cual quedara a cargo del Senador que tenga el cargo jerárquico más alto dentro de la Republica y lo suplantara hasta que se convoquen nuevas elecciones Democráticas y Libres.



ART 1.14 La presidencia de la Micronacion no puede quedar acéfala y se debe respetar el procedimiento del artículo 1.13






ART 1.15 El Presidente debe dar cuentas ante el Senado de la nación los progresos Micronacionales y los proyectos de gobierno 2 veces por año, al finalizar el año para dar cuenta de los avances y a principio de año para dar un mensaje anual sobre los proyectos y los planes de gobierno.

TITULO II ASAMBLEA NACIONAL

CAMARA DE SENADORES O CAMARA CAPITALISTA POPULAR.





ART 2 La cámara Capitalista Popular representa a la Republica Capitalista Popular de Moriel como órgano legislativo.




ART 2.1 Los estados (o provincias) dispondrán de libertad para regular su funcionamiento interno y su política exterior, únicamente con las limitaciones expuestas en el artículo 3.



ART2.2 El senado de la Republica Capitalista de Moriel será conformado con un representante por cada estado. Será el órgano legislativo y tendrá su propio reglamento deberá ser elegido por sufragio universal, directo y secreto entre todos los Morielies mayores de edad.



ART 2.3 Nadie podrá ser miembro de la cámara de senadores sin el expreso consentimiento del pleno de la cámara.



ART 2.4 Si un senador dimitiera, muriera, o se incapacitara, el presidente nombrara a un miembro del consejo de estado, y entre los senadores decidirán si se acepta o se rechaza dicha postulación o se convocan elecciones para reemplazarlo.



ART 2.5 Los senadores gozaran de inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones.




ART 2.6 Durante el periodo de su mandato los senadores gozaran asimismo de inmunidad y solo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin previa autorización de la cámara de senadores.



ART 2.7 Los senadores no percibirán asignación alguna.



ART 2.8 La cámara Capitalista Popular se reunirá periódicamente. La cámara podrá reunirse en sesiones extraordinarias a petición del gobierno nacional.



ART 2.9 El Presidente de la Nación debe anunciar con anterioridad las fechas de las nuevas elecciones.


ART 2.10 El presidente es quien debe llamar a realizarse elecciones parlamentarias.


ART 2.11 La Cámara Capitalista Popular puede pronunciarse públicamente sobre las decisiones del Presidente ya sea para cuestionarlas o para dar su apoyo, teniendo a su disposición los medios de comunicación para dar sus comunicados.


ART 2.12 Son principios de la Cámara Capitalista Popular preservar la libertad y los derechos del pueblo y defender la independencia y la seguridad de la Nación y esta constitución.


TITULO III DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTADOS MORIELIES

ART 3. Para la creación de un estado dentro de Moriel debe contar con 3 ciudadanos como mínimo esta mismas será llamada: Comunidad de Moriel o Dominio de Moriel o la que elijan de estas dos, mediante votación.



ART 3.1 Se le permite a la Comunidad tener su propia bandera, escudo, asamblea o senado y una constitución propia que no podrá contradecir a la constitución de la Republica Capitalista Popular de Moriel.


ART 3.2 En dicha Constitución Estatal se debe reconocer al jefe supremo de la Republica Capitalista Popular de Moriel.


ART 3.3 En caso de litigio con otro estado de la Republica Capitalista Popular de Moriel se debe acudir para resolverlos en la cámara del Senado o al Tribunal Supremo.


ART 3.4 Los estados no podrán tener relaciones diplomáticas con otra Micronacion.


ART 3.5 Los estados gozaran de una cierta autonomía regional, garantizada por el Gobierno Nacional de la Republica Capitalista Popular de Moriel.


ART 3.6 Es totalmente ilegal y Anticonstitucional cualquier intento separatista que pudieran llevar a cabo los estados que forman parte de la Republica Capitalista Popular de Moriel.


TITULO IV LA BANDERA MORIELI:



ART 4.1 La Nueva bandera de Moriel tendrá un parecido a la bandera de Israel, y nos acercara más al estado de Israel por el color azul además tendrá una cruz por el cristianismo evangélico, esta bandera es Oficial y Constitucional.


ART 4.2 Es constitucional y obligatorio el reglamento “Regulación y uso de la bandera de Moriel” que establece los protocolos a seguir con nuestro símbolo patrio.

ART 4.3 Es de rango constitucional la Bandera del Morielismo y es obligatorio la aplicación del Reglamento “Regulación y uso de la bandera de Moriel”


TITULO V EL ESCUDO DE LA REPUBLICA CAPITALISTA POPULAR DE MORIEL Y DEMAS SIMBOLOS NACIONALES
ART 5 El escudo de Moriel consiste en cuatro campos, en el superior izquierdo un cordero que representa a Cristo sosteniendo la bandera de Moriel y parado sobre el monte Sion símbolo de la ciudad santa de Jerusalén y de la iglesia, en su interior el manantial que emana representa los ríos del paraíso. En el superior derecho, dos llaves cruzadas con
una espada la llave izquierda representa Moriel y la de la derecha los territorios de Bir Tawil. En el inferior izquierdo la Menorah de Moriel. En el inferior derecho el Arca de la Alianza de Moriel. Al pie están las palabras en latín: Moriel Est Nomen Ejus (Moriel es su nombre), coronando el escudo un águila con las alas extendidas.


ART 5.1 El arca de la alianza de Moriel también son símbolos de la Micronacion.



ART 5.2 El español es el idioma oficial siendo símbolo de Lenguaje. Pero se reconocen otros idiomas como el inglés y el hebreo.


ART 5.3 Se declara como capital de la Micronacion la ciudad de Barkai.

ART 5.4 El himno nacional Todos Juntos Vamos a Vencer es constitucional y su melodía tiene que estar presente en todos los actos oficiales del Gobierno Nacional ya que es la Marcha Patriótica más sublime e importante.


TITULO VI ECONOMIA, HACIENDA, Y BANCO CENTRAL DE MORIEL

ART 6.1 El Banco Central de Moriel: será la encargada de emitir la moneda nacional, tendrá su propio reglamento y autonomía.


ART 6.2 La moneda oficial será denominada Hanukkah.



ART 6.3 Los trabajadores podrán participar en la cogestión de las empresas mediante una ley aprobada en el senado.



ART 6.4 Las inversiones extranjeras necesitaran el consentimiento del gobierno,



ART 6.5 Los ciudadanos deberán pagar los impuestos, tanto los nacionales si lo dispone el gobierno y todos los impuestos Macronacionales extranjeros.



ART 6.6 Todos contribuirán al sostenimiento de las Inversiones públicas de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.






ART 6.7 La Inversión pública realizará una asignación equitativa de los recursos públicos su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia económica.



ART 6.8 Solo podrá establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley.


ART 6.9 Se permite la libertad de iniciativa económica por parte de los ciudadanos de Moriel.



TITULO VII: TRIBUNAL SUPREMO

ART 7 El tribunal supremo de Moriel será el tribunal de la Micronacion con sus propios reglamentos y tendrá carácter independiente.


ART 7.1 Queda prohibido otra clase de juzgado, solo habrá un código penal en todo el territorio.


ART 7.2 Nadie será declarado culpable hasta que se demuestre lo contrario. ART 7.3 Se respetara el procedimiento de habeas corpus.
ART 7.4 Para ser miembro del tribunal supremo se debe tener más de 18 años de edad.

ART 7.5 Solo los que tienen ciudadanía Morieli pueden ejercer como juez supremo de la Micronacion.


ART 7.6 El Tribunal Supremo se encargara de: la interpretación de la Constitución respecto a controversias ya sean Sociales, Políticas o culturales.



ART 7.7 Además se encargara en pronunciarse sobre controversias o dudas relativas a la compatibilidad de la Constitución, a petición del Gobierno o de un grupo senatorial, contra las leyes y decretos legislativos.


ART 7.8 También se encargara sobre los recursos de amparo que pueden ser interpuestos por cualquier persona que se crea lesionada por el poder político es uno de sus derechos primordiales.



ART 7.9 El Tribunal supremo de Moriel es el encargado de departir, repartir y hacer justicia y de velar para que se respete el orden Constitucional de la Micronacion y la constitución nacional.


ART 7.10 El Tribunal supremo es uno de los poderes que conforman el estado pero este poder no es más importante que otros estando a la igualdad junto con la Cámara Capitalista Popular y el Poder ejecutivo dirigido por el Presidente.


ART 7.11 La Justicia es administrada exclusivamente por jueces independientes, inamovibles y sometidos únicamente a la Constitución y la ley.

ART 7.12 La asistencia y defensa en procesos jurídicos debe ser gratuita para todos los ciudadanos y obligatoria.


TITULO VIII DERECHOS CIUDADANOS

ART 8 El gobierno respetara la libertad de expresión, asociación, religión, reunión, fomentara la cultura, investigación y la educación. Se respetara propiedad privada.


ART 8.1 Los impuestos y las leyes deberán ser proporcionados. El gobierno cuidara el comercio, la industria y la economía en General.


ART 8.2 Queda prohibido el matrimonio de personas del mismo sexo, es un delito condenable en Moriel y es abominación.

ART 8.3 Queda prohibido la pena de muerte.



ART 8.4 Queda prohibido el aborto, es un delito condenable en Moriel y es abominación. ART 8.5 La declaración universal de los Derechos Humanos tiene vigencia total en Moriel.
ART 8.6 La declaración universal de los derechos de las Micronaciones tiene vigencia total en Moriel.


ART. 8.7 La nacionalidad Morieli se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo a la ley de ciudadanía Morieli. Ningún ciudadano de origen podrá ser privado de su nacionalidad.



ART 8.8 El domicilio es inviolable. Ninguna entrada podrá hacerse en él, sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.



ART 8.9 Se garantiza el secreto de la comunicación y en especial las postales telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.



ART 8.10 La ley limitará el uso de la información para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.



ART 8.11 La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y en todo caso, en el plazo máximo de setenta y dos horas (3 días), el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.



ART 8.12 Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada, mediante correspondiente notificación por escrito y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.



ART 8.13 Se reconoce el derecho a la propiedad privada a la herencia y al cargo senatorial.



ART 8.14 Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.



ART 8.15 Los niños gozaran de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.


ART 8.16 La ley de Defensa del Matrimonio es totalmente constitucional y se debe respetar en todos los territorios Micronacionales.



ART 8.17 Se garantiza el derecho a una educación básica, secundaria y universitaria gratuita.



ART 8.18 Hombres y mujeres son iguales ante la ley y ambos gozan de todos los derechos de la Republica Capitalista Popular de Moriel.



ART 8.19 Se garantiza la libertad de expresión y de información. Se prohíbe la censura a excepción de apología a ideologías fascistas, de extremas derechas o izquierdas que puedan afectar las relaciones con otras Micronaciones o la paz interna de la Republica Capitalista Popular de Moriel.


ART 8.20 Todo Ciudadano de la Republica Capitalista Popular de Moriel tiene el derecho de enviar por escrito peticiones al Gobierno Nacional o reclamaciones para mejorar el funcionamiento Gubernamental.


ART 8.21 Todos los ciudadanos de Moriel tienen derecho a un trabajo y salario digno.


ART 8.22 Los ciudadanos Morielies también tienen derecho a la Salud Publica, gratuita y de calidad.





ART 8.23 Quedan prohibidas las asociaciones secretas y las que inciten a la violencia o contravengan la Declaración Universal de los Derechos Humanos.


ART 8.24 El Gobierno garantizará la conservación, promoción y divulgación de las tradiciones históricas, culturales y artísticas de la Republica Capitalista Popular de Moriel


ART 8.25 El único matrimonio legal reconocido por la Republica Capitalista Popular de Moriel es la de un hombre con una mujer y casados según la legislación de la Macronacion donde residan.




TITULO IX LA SUSPENCION DE LOS DERECHOS Y LIBERTADES

ART 9 La suspensión de los derechos y libertades en la Republica Capitalista Popular de Moriel solo obedecerá a actuaciones de emergencia en caso de peligrar la integridad del estado Morieli y siempre con la autorización unánime de la cámara del senado en pleno.

ART 9.1 La utilización injustificada o abusiva de las facultades reconocidas en dicha ley orgánica producirá responsabilidad penal, como violación de los derechos y libertades reconocidos por las leyes.

ART 9.2 El Gobierno nacional garantizara justicia con respecto a los crímenes que se pudieran haber cometido durante la suspensión de los derechos y libertades propuestas en el artículo 9.

ART 9.3 En caso de Crisis interna y gravedad Nacional se aprueba la suspensión de todos los poderes estatales a excepción del Poder Ejecutivo dirigido por el Presidente.

ART 9.4 Tras sobrepasar las dificultades y las crisis que pongan en peligro la integridad Nacional todos los derechos anulados quedan totalmente vigentes.

ART 9.5 La Suspensión de los Derechos y Libertades no puede durar más de un mes (30 días) y tras pasar este tiempo los derechos vuelven automáticamente a estar vigentes.

ART 9.6 Los ciudadanos que sean culpables de Traición a la Patria perderán todos sus derechos ciudadanos y serán expulsados de la Republica Capitalista Popular de Moriel.

TITULO X SEGURIDAD

ART 10.1 Cada estado tendrá su propia milicia nacional, según las leyes aprobadas por el senado


ART 10.2 El gobernante constitucional es el Jefe Supremo de todos los cuerpos armados.


ART 10.3 Nadie podrá llevar armas de fuego excepto los miembros de las fuerzas armadas y la policía nacional, con las limitaciones debidas, además de aquellas personas a las que el gobierno de manera excepcional autorice. Las leyes podrán regular el uso de otros tipos de armas.


ART 10.4 Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la constitución de la Republica Capitalista Popular de Moriel y al resto del ordenamiento jurídico.


ART 10.5 En caso de conmoción interior o de ataque exterior que pongan en peligro el ejercicio de esta Constitución y de las autoridades creadas por ella, se declarará en estado de sitio en la Comunidad o territorio en donde exista la perturbación del orden, quedando suspensas allí las garantías constitucionales como lo indica el capítulo IX “Suspensión de los derechos y libertades”


ART 10.6 Durante esta suspensión no podrá el presidente de la República condenar por sí ni aplicar penas.



ART 10.7 Todo ciudadano Morieli está obligado a armarse en defensa de la patria y de esta Constitución, conforme a las leyes que al efecto dicte el senado y a los decretos del Ejecutivo nacional.


TITULO XI TERRITORIOS SOBERANOS EN DISPUTA
ART 11 La Republica Capitalista Popular de Moriel, ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre la tierra de Bir Tawil y sus alrededores ubicada en la frontera entre Egipto y Sudan, por ser parte integrante del territorio nacional, por ser dicho territorio "terra nullius" (tierra de nadie). Al momento de crearse esta constitución nacional Morieli.


ART 11.1 La Republica Capitalista Popular de Moriel no reconoce a ninguna Micronacion, Nación, Organización o Tribu que reclame como suya los territorios Morielies de Bir Tawil.


ART 11.2 Queda prohibido por esta Constitución abandonar la lucha por la Soberanía sobre estos territorios.


TITULO XII MECANISMO DE REFORMA CONSTITUCIONAL
ART 12 La enmienda tiene por objeto la adición o modificación de uno o varios artículos de esta Constitución, sin alterar su estructura fundamental.



ART 12.1 La Reforma Constitucional tiene por objeto una revisión parcial de estas normas que no modifiquen la estructura y principios fundamentales del texto Constitucional.



ART 12.2 La iniciativa de la Reforma de esta Constitución podrá tomarla el Senado Capitalista Popular Nacional mediante acuerdo aprobado por el voto de la mayoría de sus integrantes.



ART 12.3 El proyecto de Reforma Constitucional aprobado por el Senado de la Republica Capitalista Popular de Moriel se someterá a referendo. El referendo se pronunciará en conjunto sobre la Reforma.



ART 12.4 Se declarará aprobada la Reforma Constitucional si el número de votos afirmativos es superior al número de votos negativos. La iniciativa de Reforma Constitucional que no sea aprobada, no podrá presentarse de nuevo.




TITULO XIII RELACIONES EXTERIORES.
ART 13 Se establece que la Republica Capitalista Popular de Moriel reconocerá a toda Micronacion soberana que sea digno de respeto.


ART 13.1 La Republica Capitalista Popular de Moriel ratifica su apoyo irrestrictamente al Estado de Israel


ART 13.2 Se establece como Oficial la Embajada Morieli en Argentina y se establecen validos los puestos diplomáticos de la misma.


ART 13.3 El encargado de la Política Exterior de la Republica es el Presidente de la Nación.


ART 13.4 La Republica Capitalista Popular de Moriel ratifica sus compromisos con los Principios Diplomáticos Internacionales.


ART 13.5 La Republica Capitalista Popular de Moriel ratifica sus compromisos con los Principios diplomáticos Micronacionales basados en el reconocimiento mutuo y la paz.

ART 13.6 La Republica Capitalista Popular de Moriel se reserva el derecho de cancelar o cerrar relaciones diplomáticas con todas aquellas Micronaciones que su accionar sea beligerante y dañino hacia la paz y hacia la cultura de Moriel.


TITULO XIV PARTIDO CAPITALISTA POPULAR SIONISTA.

ART 14 Se declara Constitucional el Partido Capitalista Popular Sionista y todos sus rangos internos junto con su estructura partidaria.

ART 14.1 Se declara Constitucional todos los Símbolos del Partido y sus insignias.

ART 14.2 El Partido Capitalista Popular Sionista tiene la obligación de trabajar junto al pueblo de Moriel para lograr la paz y el bienestar deseado.

ART 14.3 Es deber del Partido trabajar para crear una ideología nacional duradera que esté de acuerdo y conforme a la voluntad y la forma de ser de los ciudadanos Morielies, cuidando y expandiendo la Cultura y todos los avances Nacionales.

ART 14.4 El Partido debe estar en la vanguardia de la protección de los intereses nacionales y debe velar por la seguridad y la estabilidad nacional trabajando junto al poder Ejecutivo.

ART 14.5 En caso de problemas internos del Partido la justicia nacional queda habilitada para tomar medidas legales.

 

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