Artículo 1
Esta ley establece la bandera de la República de Soberana de Moriel.
Artículo 2
La bandera de la República Soberana de Moriel es azul oscuro con un sol amarillo dorado. El sol tiene ocho signos solares que se extienden desde el disco solar con extensión a los bordes de la bandera. Los rayos del sol atraviesan la diagonal, la horizontal y la vertical. El diámetro del disco solar es una séptima parte de la longitud de la bandera. El centro del sol coincide con el punto en el que se cortan las diagonales de la bandera. La relación entre la anchura y la longitud de la bandera es de una en dos.
Artículo 3
La representación artística y gráfica de la bandera de la República de Moriel es parte integrante de esta ley.
Artículo 4
A partir de la fecha de entrada en vigor de esta Ley, dejará de aplicarse la Ley sobre la bandera de la República de Moriel .
Artículo 5
Esta ley entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República de Soberana de Moriel .
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